lunes, 4 de noviembre de 2013

Fundamento de la revocatoria de mandato.


 
 
 
 
Gracias a José Papí he podido estoy leyendo ahora, Teoría Pura de la Republica de D. Antonio García Trevijano… de lo que llevo leído , me permito una primera discrepancia que debe ser fruto de la inconsciencia del ignorante o del arrojo , vosotros decidiréis ,… se trata de que el apuesta por el voto imperativo y yo , por lo contrario ..Decir también que casi me convence y que eso hubiera supuesto un cabreo para mi buen amigo Juan Espino pues él lo ha intentado alguna veces y nunca lo consiguió… espero convencerle ahora a él.
La elección del representante político lo puede ser por mandato imperativo o no. Si el mandato es imperativo, desde mi punto de vista, solo puede serlo frente a sus votantes y solo ante ellos pues de lo contrario estaría sometiendo la representación genérica frente ...a todos al mandato concreto emitido solo por los primeros. Representación genérica que es a su vez una ficción, pues se extiende una vez producida la elección sobre quien ni te ha votado, y en algunos casos, no te votaría jamás.
Por el contrario , si el mandato no es imperativo , el representante , como demuestra la experiencia, solo lo es de sí mismo, se quiebra la responsabilidad, pues ni tan siquiera por su programa electoral se siente constreñido, pudiendo incluso, actuar en sentido contrario al voto por el cual fue elegido.
¿No hay mecanismo que aúne representación y responsabilidad? Si, y ambos coincidimos maestro cierto y presunto alumno, se trata de la “revocatoria de mandato”, su sola posibilidad convierte al representante en representante de todos, pues todos podemos deponerle de la representación que adquirió por la elección con la fuerza de los votos, incluso por incumplimiento de mandato, responsabilidad que hace innecesario el voto imperativo.
Seguiré leyendo, y sobre el mandato , si me convence Don Antonio o cualquiera de vosotros… no dudéis que encantado cambiare de opinión como lo espero de vosotros de conseguirlo
 

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